Faltan escasos días para que GEPCO lance el nuevo curso On-Line COORDINACIÓN DE EMERGENCIAS EN EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS, uno de los temas que más intriga a nuestr@s alumnos que están en el curso piloto es la Unidad Didáctica 2 (PCI).
Hoy os haremos una intro;
Debido a la actualización del Real Decreto 513/2017 a continuación les informamos de los cambios más destacables dentro de este nuevo Reglamento.
Como ya sabemos, es obligatorio tener un contrato de mantenimiento con una empresa de mantenimiento debidamente homologada pero,
¿Quién puede realizar las revisiones trimestrales?
En caso de que su empresa de mantenimiento se encuentre con que el mantenimiento trimestral no está realizado, deberá anotarlo en el acta de mantenimiento en cumpliendo con lo que indica este nuevo RD.
Pero no os preocupéis porqué:
1/ podéis contratar el servicio a una empresa externa,
2/ podéis realizar las inspecciones a través de un formulario interno propio,
3/ ó contratar un servicio como ahora GEPAPP, una herramienta que les permite realizar esas inspecciones y que desde ya, pueden realizar con personal propio.
‘nosotros recomendamos al cliente que se auto gestione ésta revisión trimestral, ya no por un tema de costes, si no por un tema de integrar a los equipos de emergencias con el sistema de Protección Contra Incendios’
En cuanto a revisión anual o quinquenal también hay cambios; las actas fruto de la revisiones obligatorias, deberán ser firmadas por el técnico de la empresa mantenedora y por el representante legal de la instalación, y deberán conservarse durante 5 años, junto a informes y certificados.
¿Os suena que es una OCA? Hemos tenido cambios también en relación a instalaciones PCI. Según el capítulo V del RD, la instalación, deberá pasar unas inspecciones periódicas a través de unos Organismos de Control Acreditados, donde auditarán la documentación, los contratos, actas, certificados e instalación.
¨Instalaciones que existan desde hace más de 10 años desde puesta en servicio se someterán a la primera auditoría en los siguientes plazos¨