¿Está buscando una empresa que ofrezca servicios de protección contra incendios en Madrid?

Contar con un plan de autoprotección contra incendios en Madrid es obligatorio para cualquier empresa

Los planes de autoprotección o los planes de protección contra incendios son obligatorios para todas aquellas empresas que tengan su sede fiscal en Madrid. Al igual que pasa en el resto de comunidades autónomas,  la legislación española vigente en esta materia exige que cualquier empresa que opere en el país cuente con un plan de este tipo. Es decir, no se trata de que sea necesario un plan de protección contra incendios en Madrid porque la normativa sea más exigente en esta comunidad autónoma, sino que es una directriz de carácter estatal que afecta por igual a todas las comunidades autónomas.

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El Decreto 31/2003 rige el Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid

No obstante, a pesar de la existencia de una normativa de ámbito estatal que regula la prevención o la protección contra incendios, cada comunidad autónoma tiene potestad para legislar en la materia siempre que aquello que proponga se ajuste a las directrices estatales. En este sentido, la Comunidad de Madrid dispone del Decreto 31/2203 que regula la Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid.

Este Decreto se aplica a:

  • Todo el ámbito de la Comunidad de Madrid. A todos los proyectos y obras de nueva edificación, reforma o reestructuración y cambio de uso, así como a todas aquellas actividades de nueva implantación.
  • Con respecto a los edificios y actividades ya existentes, no se autorizará ninguna obra de ampliación o reforma que suponga en cualquier aspecto un incremento del riesgo o peligrosidad. Sólo se permitirán obras o cambios de uso que mejoren las condiciones de seguridad.
  • Cuando en un recinto o actividad con licencia en vigor se pretenda variar temporalmente, en alguna forma, cualquiera de las condiciones amparadas por la licencia, se debe solicitar al órgano competente en materia de protección contra incendios de Madrid la autorización correspondiente, con una antelación de un mes como mínimo, aportándose información detallada del objeto de la modificación.

Como puedes ver, cualquier nueva actividad económica que se lleve a cabo en un edificio ubicado en Madrid está sometida a esta normativa. Cualquier actividad económica ya existente si necesita realizar un cambio de espacio o infraestructura, solo le será permitido si es para mejorar en cuanto al cumplimiento del reglamento contra incendios de Madrid. Por lo tanto, si estás comenzando un nuevo proyecto empresarial o tienes uno entre manos, debes cumplir con lo que establece el Decreto si quieres ejercer tu actividad económica. Escapar de él resulta imposible.

¿Qué condiciones de seguridad recoge el Reglamento de protección contra incendios de Madrid?

El Reglamento de protección contra incendios de Madrid establece que cualquier solicitud de Licencia de Obra o Actividades e Instalaciones debe entregar una memoria y unos planos en los que queden reflejadas las condiciones de seguridad que se requieren.

En la memoria deberán estar reflejadas los cálculos de: evacuación, estabilidad, resistencia y reacción al fuego; detección y alarma de incendios, pulsadores de alarma, extintores de incendio, la extinción automática, el alumbrado de emergencia, la señalización, el control de humos y temperaturas, el abastecimiento de agua, la alimentación eléctrica secundaria o de emergencia, el bloqueo y retención de puertas, y los ascensores de emergencia.

En los planos deben quedar correctamente reflejados el mobiliario y asientos necesarios para el funcionamiento de la actividad, el entorno y la accesibilidad, los usos de cada recinto, la compartimentación, el dimensionado de las vías de evacuación, la ventilación natural, las bocas de incendio equipadas, los hidrantes, las columnas secas, el dimensionado de los huecos del control de humos y temperaturas, y la situación de los ascensores de emergencia.

Sin todo esto en regla, no se otorgará ninguna licencia de obras o de actividad. Todos estos elementos a contemplar, son los que se incluyen en los planes de autoprotección contra incendios como los que realizamos en GEP Services.

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Confía en GEP Services para cumplir con la legislación de protección contra incendios de Madrid

Muy probablemente, después de leer este artículo, estás abrumado por la cantidad de requisitos con los que debes contar para cumplir con la normativa de protección contra incendios en Madrid, pero no te preocupes en absoluto. Desde GEP Services podemos ayudarte no solo a elaborar un plan de autoprotección contra incendios que cumpla con todo lo que determina la ley, sino que también podemos hacernos cargo de la instalación de todos los equipos de protección contra incendios que necesites.

Podemos ser tu aliado durante todo el proceso, comenzando por la elaboración del plan de autoprotección que te permita conseguir la licencia, instalando los equipos de protección necesarios que determine este plan en función de tus necesidades reales y, finalmente, realizando las labores de mantenimiento necesarias para garantizar que los equipos contra incendios están en un buen estado.

Con nuestra ayuda, cumplir con la normativa de protección contra incendios en Madrid te resultará de lo más sencillo. Confía la seguridad de tu empresa y de tu equipo a las manos expertas de GEP Services. Tu seguridad nos importa.

About the Author: Luís Vicent

Luís Vicent
Soy Luis, y mi trayectoria profesional abarca diversos roles dentro de este campo, desde bombero de empresa hasta consultor en emergencias y técnico sanitario. A lo largo de mis proyectos, he tenido el privilegio de participar en iniciativas que han marcado la diferencia en la protección y seguridad de empresas y comunidades. En GEPCO Formación, colaboramos estrechamente con empresas para capacitar a sus trabajadores en emergencias y Prevención de Riesgos Laborales (PRL). Nuestra especialización en la formación de equipos de emergencia garantiza que estén preparados para actuar de manera segura en cualquier situación.
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